Solicitud de Certificado Académico

Obtención por los estudiantes de un documento oficial que acredite su matriculación en una titulación oficial o propia de la UNIA así como las calificaciones obtenidas en cada una de las correspondientes asignaturas o materias.

Código SIA: 2892809

Unidad Administrativa encargada del procedimiento: Área de Ordenación Académica   DIR3: U06300035

Finalidad: La obtención por el o la estudiante de un documento oficial que acredite su matriculación en una titulación oficial (Másteres Universitarios) o propia de la UNIA (Másteres de Formación Permanente, Diploma de Especialización, Diploma de Experto o Certificado de Estudios Universitarios), así como las calificaciones obtenidas en cada una de las correspondientes asignaturas o materias.

Destinatarios: Estudiantes que estén o hayan estado cursando estudios universitarios oficiales o de formación permanente en la Universdad Internacional de Andalucía. Aquellos alumnos no comunitarios y que, por tanto, no están obligados a utilizar medios electrónicos para su relación administrativa con la UNIA, podrán solicitar estas certificaciones poniéndose en contacto directamente con la mencionada Área de Ordenación Académica mediante ticket en el Servicio de Ayuda a la Comunidad Universitaria https://sacu.unia.es/

Descripción del procedimiento y fases: Los pasos procedimentales son los siguientes:

1. Recepción de la solicitud realizada por el administrado. Comprobación de los datos y emisión de la carta de pago.
2. Notificación al interesado de la carta de pago y envío de un requerimiento al interesado para que abone la cantidad y remita a la Universidad el justificante del abono contestando al mencionado requerimiento.
3. Una vez recibida la contestación al requerimiento y analizada la documentación adjunta, preparación del certificado y puesta a la firma de la persona titular de la Secretaría General.
4. Firma de la Resolución en la que, en su caso, se comunica la emisión del certificado que se incorpora como documento adjunto.

Plazo de solicitud: Puede solicitarse en cualquier momento.

Sujetos a tasas/precios públicos: Sí conforme a la normativa señalada a continuación.

Plazo de respuesta: El plazo máximo para notificar la resolución expresa será de tres meses iniciados desde la fecha en la que la solicitud haya tenido entrada en esta sede electrónica. 

Normativa de aplicación:

 

Otra información de interés:

  • Dependiendo de diversos factores, el proceso de firma electrónica puede ser lento y, sobre todo, requerir actuaciones en ventanas emergentes dentro del navegador. Se ruega tranquilidad durante este proceso y estar atento a las mencionadas y posibles ventanas emergentes.