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  • Aviso importante

    Debido a problemas técnicos, actualmente no es posible iniciar nuevos expedientes en la sede electrónica. Asimismo, algunas funcionalidades - como el acceso a las notificaciones - se encuentran temporalmente no disponibles.

    La aportación de documentación a expedientes ya iniciados, continúa estando operativa.

    El Registro General del Estado permanece operativo para cualquier operación que lo requiera. Puede acceder a través del siguiente enlace: https://rec.redsara.es

    Estamos trabajando para restablecer el servicio lo antes posible. Disculpe las molestias.

Instancias Genéricas

Procedimiento habilitado para presentar una solicitud, escrito o comunicación dirigido a la Universidad Internacional de Andalucía en los casos en que no se disponga de formulario específico para ello.

Finalidad:

  • A través del presente procedimiento electrónico cualquier persona interesada podrá presentar una solicitud de diverso contenido en la que especificará, además de sus datos personales y de contacto, su demanda, petición o requerimiento así como el órgano, servicio o unidad de la Universidad a la que va dirigida, adjuntando, en su caso, toda aquella documentación que sea necesaria. Se iniciará el procedimiento correspondiente por el órgano responsable de la tramitación, notificándose, de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las de las Administraciones Públicas, a la persona interesada todos aquellos actos que se produzcan en el procedimiento.
  • En caso que existiera un procedimiento específico para la solicitud que quiere realizar, se deberá registrar la petición a través de dicho procedimiento en Sede Electrónica. 

Destinatarios:

  • Cualquier persona física o jurídica en su nombre o en representación de otra. 

Descripción del procedimiento: 

  • Una vez registrada la petición a través del formulario oficial, el órgano o servicio competente encargado de su tramitación gestionará la solicitud registrada, que continuará con los trámites del procedimiento y lo finalizará por la vía reglamentaria.
  • La persona interesada se hace responsable de que dispone de acceso a la dirección de correo electrónico designada en su solicitud. En caso de que deje de estar operativa o pierda la posibilidad de acceso, la persona interesada está obligada a comunicar a esta Universidad que no se realice el aviso a dicha dirección. 

Órgano responsable para la tramitación del procedimiento:

  • Área u órgano al que vaya dirigida la solicitud o el competente para resolver según la materia de que se trate. 

Recursos:

  • Serán los que correspondan según el procedimiento de que se trate y la legislación aplicable a la materia objeto de la solicitud.

Principal Normativa de aplicación:

  • Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
  • Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
  • Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.
  • Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y el Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales y a la libre circulación de estos datos.
  • Reglamento de Administración Digital de la Universidad Internacional de Andalucía, aprobado por Acuerdo de la Comisión Permanente de la Universidad Internacional de Andalucía de fecha 25 de noviembre de 2025 (BOUNIA núm 22/2025, de 1 de diciembre).