Solicitud de incoación de Inspección de Servicios

Procedimiento para solicitar el inicio de actuación de la Inspección de Servicios de la UNIA.

Finalidad:

  • El presente procedimiento tiene por objeto posibilitar la solicitud de inicio de actuaciones por parte de la Inspección de Servicios de la Universidad Internacional de Andalucía, con el fin de:
    • velar por el correcto funcionamiento de los servicios que presta la institución universitaria de acuerdo con las leyes y normas que los rigen, y
    • en su caso, la incoación e instrucción de los expedientes disciplinarios que afecten a miembros de la comunidad universitaria.

Destinatarios:

  • El estudiantado y el personal técnico, de gestión y de administración y servicios (PTGAS) de la UNIA.

Procedimiento: 

  • El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto con carácter permanente, debiendo realizarse la solicitud exclusivamente a través del presente procedimiento electrónico, salvo en los períodos declarados inhábiles mediante Instrucción de la Secretaría General.
  • La solicitud podrá ir acompañada de la documentación complementaria que se estime pertinente como justificante de los hechos expuestos.
  • Examinada la solicitud, si resultara necesaria la ampliación de datos o la aportación de documentación adicional, se requerirá a la persona interesada para que, en el plazo de diez días hábiles, subsane la falta o complete la documentación.
  • Una vez presentada la solicitud y, en su caso, subsanada la documentación requerida, la Inspección de Servicios procederá a su análisis en el plazo de diez días hábiles, con el fin de valorar su idoneidad y procedencia.
  • Comprobada la suficiencia y adecuación de la documentación presentada, y valorada la solicitud, la Inspección de Servicios acordará la incoación o la desestimación del inicio de la actuación solicitada. Dicha resolución será notificada a la persona interesada a través del correspondiente expediente electrónico.
  • La persona solicitante será responsable de que la dirección de correo electrónico designada en la solicitud se encuentre operativa. En caso de que deje de estarlo o se pierda el acceso a la misma, deberá comunicarlo a esta Universidad, indicando una nueva dirección a efectos de notificaciones.

Órgano competente:

  • Inspección de Servicios

Plazo máximo para resolver y notificar:

  • El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de un mes, computado desde el día siguiente al de la presentación de la solicitud.

Silencio:

  • Desestimatorio.

Principal Normativa de aplicación:

 

Para cualquier información adicional que pueda requerir sobre este procedimiento puede contactar a través de: inspecciondeservicios@unia.es